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La modificación trata sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria respecto al reconocimiento del aranés como lengua propia de Aran y oficial en Catalunya y de su carácter como lengua vehicular y de aprendizaje en la Escuela Aranesa.
La Escuela Aranesa cuenta con 38 años de historia. A lo largo de todo este tiempo ha sido uno de los ejes vertebradores de la sociedad aranesa, siendo clave para la normalización de nuestra lengua propia, el aranés, y para consolidar un modelo educativo propio que con el tiempo se ha demostrado que ha sido un modelo de éxito.
El trabajo de las escuelas del Valle de Aran a través de sus proyectos lingüísticos ha posibilitado un proceso de inmersión lingüística que ha logrado que el alumnado aranés acabe su escolarización obligatoria dominando cinco lenguas: las tres lenguas oficiales en Aran (aranés, catalana y castellano) y dos lenguas extranjeras (francés e inglés), siendo también un elemento clave de cohesión e integración social.
La lengua propia de Aran, el aranés, sufre desde hace tiempo una situación muy compleja. La incomprensible y flagrante falta de financiación y de ayudas institucionales lingüísticas y estrategias de impacto social que eviten su desaparición, a pesar de ser una lengua oficial en Catalunya, unido al retraso inexplicable de más de doce años en el despliegue de la Ley del occitano, aranés en Aran, han situado al aranés en una situación crítica de extrema fragilidad.
En este contexto de crisis, llega ahora un nuevo ataque a la lengua propia de Aran, que después de la publicación del Decreto Ley 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan criterios aplicables a la elaboración, aprobación y revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y cuya Disposición adicional tercera, dice que “En el territorio de Aran, los proyectos lingüísticos han de tener en cuenta el aranés, como lengua propia de Aran y como lengua vehicular y de aprendizaje en sus centros educativos, según la normativa reguladora”, ve como la aprobación el pasado día 9 de junio de la Ley 8/2022, sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria, por parte del Parlament de Catalunya, provoca que, después de treinta y ocho años, el aranés pierda el estatus de lengua vehicular y de aprendizaje en la escuela. En concreto, la ley dice en su disposición adicional que “En los centros educativos de Aran, los proyectos lingüísticos deben garantizar el aprendizaje y empleo curricular y educativo habitual del aranés, lengua propia de este territorio, según lo que establece la normativa aplicable”.
No obstante, el artículo 2 de esta ley, sobre el “Empleo y aprendizaje de las lenguas oficiales” determina que el catalán “como lengua propia de Catalunya, es la lengua normalmente empleada como lengua vehicular y de aprendizaje educativo, y la de empleo normal en la acogida de alumnado recién llegado”, pero en ningún caso hace referencia al aranés, lengua también oficial en Catalunya y lengua propia en Aran, suponiendo esto un agravio y un menosprecio a nuestra lengua propia que el Valle de Aran no está dispuesto a aceptar ante esta situación de debilidad en la que se encuentra.
Por todo ello, el Pleno del Conselh Generau d’Aran, con el apoyo del sector educativo del Valle de Aran, declara de manera solemne y unánime su rechazo al trato que recibe el aranés en esta Ley y reclama, tanto a la Generalitat de Catalunya, al Parlament de Catalunya y a los grupos políticos presentes en esta cámara, que la Ley 8/2022, sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria sea modificada para que se recupere de nuevo el carácter de lengua vehicular y de aprendizaje en la escuela, y se respete la oficialidad del aranés en Catalunya, tanto en lo que respecta al cumplimiento y despliegue efectivo de la normativa vigente como a la mejora inmediata de los recursos y financiación que la equiparen de forma proporcional al resto de lenguas oficiales en Catalunya.
En este sentido, la máxima institución aranesa se reserva el derecho de llevar a cabo las acciones que considere pertinentes para la protección y respeto de la lengua propia de Aran y de su máxima institución, entre las que pueden constar la presentación de un conflicto en defensa de la autonomía de Aran, tal y como marca, en los artículos 75 bis y siguientes, la Ley Orgánica 2/1979, de 2 de octubre, del Tribunal Constitucional.
Así mismo, el Pleno del Conselh Generau d’Aran acuerda hacer llegar esta Declaración Institucional a la Generalitat de Catalunya, al Parlament de Catalunya, a los grupos políticos del Parlament de Catalunya, a los ministerios de Cultura y Deportes y de Política Territorial, a los ayuntamientos de Aran y a los centros y servicios educativos del Valle de Aran.